viernes, 12 de marzo de 2021

El usufructo no es un derecho fundamental

 Usufructuario: mero detentador de la cosa de la cual tiene el goce y disfrute, pero no la propiedad. Derecho de usufructo: no constituye ni puede ser asimilado al derecho de propiedad sobre el inmueble. Derecho de usufructo: no es un derecho fundamental cuya lesión autorice a la víctima a reclamar su protección mediante la acción de amparo. Usufructo: se reconoce que el bien sobre el cual dicho derecho recae es un bien ajeno.


https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc044118/




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