miércoles, 7 de octubre de 2020

El derecho a la integridad física

 La libertad de reunión y protesta pacífica no es un derecho absoluto. Sin embargo, en caso de desborde de los límites, la autoridad no puede hacer uso arbitrario de su fuerza ni vulnerar el derecho a la integridad física de los manifestantes. (TC/0092/18)

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