Ley 53-07, artículo 18.- De la Falsedad de Documentos y Firmas.
Todo aquel que falsifique,desencripte, decodifique o de cualquier modo descifre, divulgue o trafique,
con documentos, firmas, certificados, sean digitales o electrónicos, será castigado con la pena de uno a tres años de prisión y multa de cincuenta a doscientas veces el salario mínimo.
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