Art. 25.- Interpretación.
Las normas procesales que coarten
la libertad o establezcan sanciones procesales se interpretan
restrictivamente.
La analogía y la interpretación extensiva se permiten para favorecer la libertad del imputado o el ejercicio de sus derechos
y facultades.
La duda favorece al imputado.
Código procesal penal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario