Con la dimensión objetiva de la imparcialidad, no se cuestiona la probidad moral del juzgador, sino que se atiende a la circunstancia natural de que el contacto previo con el proceso produce una afectación de juicio que bien pudiese comprometer su neutralidad de cara a una nueva instrucción.
SENTENCIA DEL 28 DE FEBRERO DE 2022, NÚM. SCJ-SS-22-0165
Sentencia impugnada: Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de
Apelación de Santo Domingo, del 15 de julio de 2020.
Materia: Penal.
Recurrentes: Joel Tomás Aquino Fermín y compartes.
Abogados: Licdas. Yasmín Vásquez Febrillet, Nelsa Teresa Almánzar
Leclerc, Ana Julia Reyes, Licdos. Juan Guzmán Brito,
Principales sentencias 2022
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