lunes, 5 de septiembre de 2022

Desalojo de intruso.

La demanda en desalojo y reparación de daños y perjuicios constituye una acción personal y su conocimiento es competencia de los tribunales ordinarios y no del Tribunal de Tierras. No. 2, Pr., Abr. 2003, B. J. 1109.

Nota ver LEY No. 5869

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