Ciencias Jurídicas Dominicana
EL derecho de manera simple y objetiva.
miércoles, 7 de octubre de 2020
Nadie se puede obligar a cumplir lo imposible.
Art. 1172.- Toda condición de una cosa imposible, o que sea contra las buenas costumbres, o que este prohibida por la ley, es nula y hace también nula la convención que de ella dependa.
Código Civil .
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