martes, 16 de marzo de 2021

Observaciones al nuevo Codigo Penal

No penaliza las infraciones cuando las perturbaciones o trastornos se han provocado por el mismo infractor de manera  neligente.  ( ejemplo la embriaguez).


Artículo 15. Excepción de imputación penal

 Párrafo. Si la perturbación síquica o el trastorno mental afecta de manera parcial a la persona que comete la infracción, el tribunal tomará en cuenta esta situación al momento de imponer la pena que le corresponda. La perturbación síquica o el trastorno mental transitorio no eximirá de pena si dicha perturbación o trastorno ha sido provocado por el mismo culpable para la comisión de la infracción.


El error invencible y el vencible rine con el  ( Artículo 109.- Entrada en vigencia de las leyes. Las leyes, después de promulgadas, se publicarán en la forma que la ley determine y se les dará la más amplia difusión posible. Serán obligatorias una vez transcurridos los plazos para que se reputen conocidas en todo el territorio nacional.

Artículo 18. No imputación por error invencible bajo creencia de conformidad legal. No se podrá imputar una acción u omisión incriminada a quien por error de prohibición o de derecho invencible ha creído que actuaba conforme a la ley. Párrafo. El error vencible de prohibición será sancionado con una pena atenuada, según los artículos 60 y 61 de este código. 


Las setencias extranjeras contaran como reincidencia y agravaran la pena

Artículo 55. Reincidencia. Hay reincidencia cuando una persona condenada por sentencia irrevocable de un tribunal nacional o extranjero comete una nueva infracción grave o menos grave. 




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