3.11. Considerando: que la buena fe se presume, no hay que probarla; en cambio,
la mala fe sí tiene que probarse, y el fardo de la prueba le corresponde a quien la
alega, de conformidad con los artículos 1116 y 2268 de nuestro Código Civil.
https://tribunalsitestorage.blob.core.windows.net/media/8804/tc-0077-16.pdf
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Código civil 2268.- Se presume siempre la buena fe, y corresponde la
prueba de aquel que alega lo contrario.
Art. 1134.- Las convenciones legalmente formadas tienen fuerza de ley para aquellos que las han hecho.
No pueden ser revocadas, sino por su mutuo consentimiento, o
por las causas que estén autorizadas por la ley.
Deben llevarse a ejecución de buena fe.
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Buena fe y Mala fe
Buena fe: modo sincero y justo al ejecutar obligaciones. Mala fe: actitud en la que falta sinceridad y hay malicia. La buena fe se presume, no hay que probarla. En cambio, la mala fe debe ser probada. (Sent.49 de 13-5-15 y Sent.3
de 10-1-18 dictadas por las Salas Reunidas SCJ)
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“Principio de buena fe o confianza legítima”, que expresa el convencimiento de los
ciudadanos de que la actuación de la Administración Pública no puede ser alterada
arbitrariamente,
https://tribunalsitestorage.blob.core.windows.net/media/19286/tc-0105-19.pdf
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