Art. 8.- Plazo razonable.
Art. 41.- El plazo de prueba, Suspensión condicional del procedimiento
Art. 43.- Suspensión del plazo de prueba.
Art. 46.- Cómputo de la prescripción.
Art. 59.- Plazo para objetar la competencia territorial
Art. 81.- Plazo de la recusación.
Art. 116.- Plazo para fijar nuevo defensor en caso de Renuncia y abandono
Art. 143.- Principios generales de los plazos
Art. 144.- Renuncia o abreviación
Art. 145.- Plazos fijados judicialmente.
Art. 146.- Plazos para decidir.
Art. 147.- Prórroga del plazo.
Art. 148.- Duración máxima y extensión del plazo.
Art. 149.- Efectos. Vencido el plazo previsto en el artículo precedente
Art. 150.- Plazo para concluir la investigación
Art. 151.- Perentoriedad. Vencido el plazo de la investigación
Art. 152.- Queja por retardo de justicia. Si los jueces no dictan la resolución correspondiente en los plazos establecidos en este código
Art. 153.- Demora. Cuando el juez o la Corte no resuelve dentro de los plazos establecidos en este código
Art. 154.- Demora de la Suprema Corte de Justicia. Cuando la Suprema Corte de Justicia no resuelve un recurso dentro de los plazos establecidos
Art. 192.- Interceptación de telecomunicaciones y renovación del plazo
225 Plazo del arresto 24 horas, así lo solicita al juez en un plazo máximo de veinticuatro horas
Art. 236.- Plazo para la ejecución de la garantía.
Plazo de Art. 239.- Revisión obligatoria de la prisión preventiva.
Art. 254.- Liquidación y ejecución plazo
Art. 269.- Admisibilidad (de admisibilidad de la querella)
Art. 273.- Conocimiento directo. Los funcionarios de la policía que tengan conocimiento directo de una infracción de acción pública deben de dar noticia al ministerio público, sin demora innecesaria y siempre dentro del plazo máximo de las veinticuatro horas siguientes a su intervención
Art. 275.- Medida precautoria plazo de 6 horas
Art. 277.- Informe sobre las diligencias preliminares, plazo para informar al Ministerio Público.
Art. 283.- Examen del juez. (Plazo para objeción y examen del juez en caso de archivo)
Art. 224,284.- Medida de coerción, (Plazo para la solicitud y audiencia de medida de coerción)
Art. 296.- Notificación de la acusación (Plazo para notificación y presentación).
Art. 297.- Pretensiones del actor civil (Plazo para notificación y presentación).
Art. 298.- Convocatoria (Plazo para examen de pruebas y convocatoria de audiencia).
Art. 299.- Defensa. (Plazo del imputado, a. Dentro de los cinco días de notificado, el imputado puede:).
Art. 303.- Auto de apertura a juicio. (Intimación a las partes para que, en el plazo común de cinco días, comparezcan ante el tribunal de juicio y señalen el lugar para las notificaciones).
Art. 305.- Fijación de audiencia y solución de los incidentes. (juicio)
Art. 315.- Continuidad y suspensión. (debate)
Art. 335.- Redacción y pronunciamiento. (Sentencia)
Art. 349.- Juicio sobre la pena
Art. 352.- Reglas del informe.
Art. 370.- Plazos. (para asuntos complejos).
Art. 372.- Investigadores bajo reserva (El juez fija el plazo de la reserva de identidad).
Art. 401.- Suspensión. La presentación del recurso suspende la ejecución de la decisión durante el plazo para recurrir y mientras la jurisdicción apoderada conoce del asunto, salvo disposición legal expresa en contrario.
Art. 409.- Oposición fuera de audiencia (plazo)
Art. 412.- Comunicación a las partes y remisión (Plazo para notificación y respuesta a recurso de apelación de juez de instrucción o paz)
Art. 419.- Comunicación a las partes y remisión (Apelación de sentencia)
Art. 420.- Procedimiento. (Plazo para fijación de audiencia de apelación)
Art. 427.- Procedimiento y decisión. (Plazo de casación)
Art. 444. (Plazo libertad condicional)
Art. 446.- Multa. (Plazo para pago de multa)
Art. 447.- Medidas de seguridad.
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