domingo, 21 de agosto de 2022

Artículo 260.- Alcance de la investigación.

Es obligación del ministerio público extender la investigación a las circunstancias de cargo y también a las que sirvan para el descargo del imputado, poniendo a disposición de la defensa las informaciones que recopile durante la investigación, actuando en todo momento conforme a un criterio objetivo y con lealtad procesal.

Código procesal penal

No hay comentarios:

Publicar un comentario