lunes, 12 de septiembre de 2022

Estipulaciones y convenciones.

El acto de estipulaciones y convenciones, dado que es un acto auténtico, debe ser impugnado a través de una querella por falso principal o una inscripción en falsedad. No. 35, Pr., Mar. 2012, B.J. 1216.

La declaración hecha por el esposo en el acto de estipulaciones y convenciones referente a que él y la esposa no fomentaron bienes durante su unión matrimonial constituye una “confesión judicial”, por estar contenida en un acto auténtico. El acto auténtico es fehaciente respecto de las comprobaciones que el notario actuante debe hacer, y no las declaraciones de las partes. Los actos de estipulaciones y convenciones sólo surten sus efectos a partir del pronunciamiento del divorcio por el Oficial del Estado Civil. No. 61, Pr., Sept. 2012, B.J. 1222.

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