DERECHO PENAL OBJETIVO Y SUBJETIVO
El Derecho Penal puede entenderse en dos sentidos, objetivo y subjetivo.
Derecho Penal objetivo es el conjunto de normas penales. Es decir, en conjunto
de reglas jurídicas que determinan los comportamientos que resultan inaceptables
para el sistema (delitos y contravenciones), las sanciones o castigos que deben
imponerse a quienes incurren en los mismos (penas y medidas de seguridad), y las
reglas para la aplicación de estas consecuencias jurídicas.
El punto de partida a la hora de definir el Derecho Penal es la definición clásica
de VON LIZT: “Conjunto de reglas jurídicas establecidas por el Estado que asocian al
crimen como hecho la pena como su legítima consecuencia”.
Esta definición admite algunas objeciones, que deben ser
El Derecho Penal subjetivo, derecho a castigar o ius puniendi, es la facultad del
Estado para crear y aplicar el Derecho Penal objetivo, es decir, el derecho que tiene
el Estado para definir delitos, establecer penas y aplicarlas.
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