No solo basta con alegar un hecho existe un principio procesal general "actor incumbit probatio", relativo a que quién invoca un hecho en justicia debe probarlo.
Existe un principio del derecho procesal que versa que quien alega un derecho en justicia deberá probarlo; que no es más que el derecho probatorio que rige los papeles respectivos de las partes en el proceso, la carga y modalidades de la prueba; que al no ser aportadas pruebas que hagan a este tribunal determinar si las conclusiones están acorde a derecho es deber de este tribunal rechazar las mismas por no estar apoyadas en elementos probatorios suficiente (sic) que hagan constatar su veracidad.
Código civil articuló 1315
SENTENCIA TC/0601/19
https://tribunalsitestorage.blob.core.windows.net/media/9211/tc-0482-16.pdf
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