lunes, 26 de abril de 2021

Inconstitucionalidad del congreso por omision.

Inconstitucionalidad del congreso por omision.

 mediante su Sentencia TC/0420/16, del trece (13) de

septiembre de dos mil dieciséis (2016), esta alta corte reiteró estos criterios, al

establecer que:

11.2. La inconstitucionalidad por omisión resulta del silencio, por un

lapso considerablemente largo, del órgano legislativo de emitir normas

para el desarrollo de la Ley Fundamental, en cuyo caso correspondería

someter la inobservancia al control que ejerce el Tribunal

Constitucional como garante de la supremacía de la Constitución y defensor del orden constitucional1, debido a que el silencio del legislador puede transgredir determinadas garantías constitucionales

https://tribunalsitestorage.blob.core.windows.net/media/25179/tc-0113-21-tc-01-2014-0024.pdf

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