martes, 6 de abril de 2021

¿Qué es la audiencia preliminar ?

 Es la vista en la que el juez de instrucción juzga los méritos de la acusación, tras la cual decide una o más de las siguientes medidas, con respecto a esa acusación.


Admite total o parcialmente la acusación y ordena la apertura de un juicio de fondo ( art 305-354).

Rechaza la acusación y dicta auto de no ha lugar (art 304).


Ordena la suspensión condicional del procedimiento. (art 40-43 / 341-342).

 

Resuelve conforme al procedimiento abreviado (art 363-368).

 

Ordena la corrección de los vicios de forma que tenga la acusación del querellante o el fiscal.

 

Impone, renueva, sustituye o concluye  las medidas de coerción. (art 229-245).


En caso de que las partes acuerden en torno a la acción civil, el juez aprueba dicho acuerdo y adopta lo necesario para que cumplan (art 50-53 /118-125).

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