sábado, 15 de mayo de 2021

Eximentes de la Responsabilidad civil delictual y cuasidelictual.

Cuando el auto del hecho perjudicial actúa en el legítimo cumplimiento de un derecho.

Cuando  la causa del daño es producto de caso fortuito o fuerza mayor.

Cuando la causa del perjuicio es imputable a  la víctima.


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