Sentencia del Tribunal Supremo de España.
Justificación para los límites a los derechos fundamentales:
En la STC 207/199646, el Tribunal indicó que los presupuestos que justifican la injerencia de cualquier derecho fundamental de manera constitucional, objetiva y razonable, son los siguientes:
– la existencia de un fin constitucionalmente legítimo;
– la observancia del principio de legalidad, ya que los derechos fundamentales
se desarrollan mediante leyes orgánicas;
– la existencia de una resolución judicial motivada, medida que siempre es
necesaria para la limitación del secreto de las comunicaciones en lo penal; y
– la aplicación estricta del principio de proporcionalidad, que implica que la
medida debe ser idónea para alcanzar el fin constitucionalmente legítimo que se
pretende, imprescindible y que los beneficios de su aplicación sean mayores que
las desventajas que genera.
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