viernes, 11 de marzo de 2022

Sanciones por conducir sin licencia.


"Multas, posible detención y reducción de puntos"

Ley 63-17, artículo 210.- Violaciones a la autorización para conducir. Se considerará violación a la presente ley y será sancionada con una multa equivalente de uno (1) a cinco (5) salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado y la reducción de los puntos de la licencia que determine el reglamento, los actos siguientes:  

1. Conducir un vehículo de motor por las vías públicas sin poseer la licencia de conducir o el permiso de aprendizaje vigentes. 

2. Conducir un vehículo de motor por las vías públicas provisto de una licencia de conducir distinta a la requerida para manejar ese tipo de vehículo.

 3. Suministrar información falsa u ocultar información con el fin de obtener engañosamente cualquiera de los tipos de licencias de conducir establecidos. 

4. Borrar o alterar maliciosamente la información contenida en cualquier certificado de licencia de conducir, expedido en virtud de esta ley y sus reglamentos, o en cualquiera de los documentos necesarios para los procedimientos de obtención o renovación de dicha licencia, así como adicionar información a dicho certificado o documento, alterar o sustituir fotografías en los mismos. 

5. Que la persona propietaria de un vehículo de motor permita que éste sea conducido por personas que no estén legalmente autorizadas para ello. 

6. No llevar consigo la licencia de conducir o el permiso de aprendizaje vigentes cuando estuviera conduciendo un vehículo de motor. 

7. Presentar como suya cualquier licencia de conducir que no le hubiere sido expedida. 

8. Fotografiar, sacar copias fotostáticas, falsificar o en cualquier forma reproducir, con el fin de utilizar engañosamente una licencia de conducir en tal forma que pueda ser considerada auténtica. 

9. Que una persona conduzca un vehículo de motor en cualquier vía pública cuando le hubiere sido cancelada o suspendida la licencia de conducir. 

10. Que el portador de un permiso de aprendizaje conduzca un vehículo de motor sin estar acompañado de una persona que posea una licencia de conducir vigente. Párrafo.- En caso de reincidencia se condenará al máximo de la pena.

Detención.

Artículo 291.- Excepciones al sistema de acta de infracción. Los conductores podrán ser llevados inmediatamente por el agente de la DIGESETT actuante hacia el tribunal competente, cuando conduzcan un vehículo de motor en las circunstancias siguientes: 

1. Sin estar autorizado para ello mediante licencia de conducir o que no pudiere mostrarla. 

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