pp) La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia también expone, en primer lugar, que la protección del tercero adquiriente de buena fe cede cuando se ha hecho mediante un uso abusivo de los derechos y, además, en contra de lo que el legislador ha establecido en las normas, es decir, cuando el derecho adquirido por el tercero es el producto de maniobras fraudulentas.
vv) En este sentido, este Tribunal Constitucional coincide con la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia en lo que concierne a que dadas las particularidades del presente caso, no es posible proteger los derechos de quienes alegan haber adquirido de buena fe; esto así, porque no se puede mantener vigente un certificado de título, constancia anotada, transferencia o transacción con un origen ilícito y sobre bienes inmuebles de dominio público.
https://tribunalsitestorage.blob.core.windows.net/media/24901/tc-0016-21-tc-04-2019-0181-tc-04-2019-0182-tc-04-2019-0186-y-tc-04-2020-0072.pdf

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