martes, 19 de julio de 2022

Dos sentencias sucesivas por el mismo proceso.


La corte de apelación primeramente revocó una sentencia de primer grado y después [quizás por un

descuido administrativo] volvió sobre la misma sentencia de primer grado y la confirmó. La primera

sentencia, al no ser recurrida en casación, adquirió la autoridad de la cosa juzgada. No podía producir

ningún efecto la segunda sentencia. No. 17, Seg., Abr.2008, B.J. 1169.

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