viernes, 26 de agosto de 2022

Artículo 341.- Suspensión condicional de la pena.

El tribunal puede suspender la ejecución parcial o total de la pena, de modo condicional, cuando concurren los siguientes elementos:

1) Que la condena conlleva una pena privativa de libertad igual o inferior a cinco años;

2) Que el imputado no haya sido condenado penalmente con anterioridad.

En estos casos el periodo de prueba será equivalente a la cuantía de la pena suspendida; se aplican las reglas de la suspensión condicional del procedimiento. La violación de las reglas puede dar lugar a la revocación de la suspensión, lo que obliga al cumplimiento íntegro de la condena pronunciada.

Código procesal penal

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