Establecer con carácter obligatorio el agotamiento de los preliminares establecidos en la Ley de Seguros y Fianzas, a saber, la presentación del acta de no conciliación emitida por la Superintendencia o el laudo arbitral, constituiría una limitación al libre acceso a la justicia y violentaría el principio de la igualdad de todos ante la ley, ambos derechos fundamentales consagrados por nuestra constitución. No. 80, Pr., Ago. 2012, B.J. 1221; No. 63, Pr., Oct. 2012, B.J. 1223
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