lunes, 5 de septiembre de 2022

Notas sobre la complicidad .

 La complicidad implica algún tipo de participación de un individuo en un acto delictuoso ejecutado por otra persona. El cómplice, en un momento dado, puede facilitar la ejecución, teniendo conocimiento de que el hecho que se realiza constituye una infracción a la ley. No. 26, Seg., Sept., 1998, B.J. 1054.

Ver código penal arts. 60, 62

No hay comentarios:

Publicar un comentario