La constitución establece el derecho a la propiedad , pero este derecho trae consigo obligaciones.
Artículo 51.- Derecho de propiedad. El Estado reconoce y garantiza el derecho de propiedad. La propiedad tiene una función social que implica obligaciones. Toda persona tiene derecho al goce, disfrute y disposición de sus bienes.
Dimensiones del derecho de propiedad
En ese mismo tenor, este Tribunal dispuso que la concesión del derecho
de propiedad tiene tres dimensiones para que pueda ser efectivo, como
son: el goce, el disfrute y la disposición, definiendo el derecho de
propiedad como el derecho exclusivo al uso de un objeto o bien
aprovecharse de los beneficios que este bien produzca y a disponer de
dicho bien, ya sea transformándolo, distrayéndolo o transfiriendo los
derechos sobre los mismos (sentencia TC/0088/2012
https://tribunalsitestorage.blob.core.windows.net/media/8087/sentencia-tc-0394-14-c.pdf
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