El Tribunal Constitucional estima que la referida revocación es injustificada porque desconoce el principio de presunción de inocencia y el debido proceso, en perjuicio del recurrido,
señor José Alfredo Montás Villavicencio, y en este sentido ordenará que se restablezca la vigencia de la licencia revocada, hasta que se dicte sentencia definitiva e irrevocable en relación a la denuncia por violencia intrafamiliar
Sin embargo, el hecho cierto e innegable de los preocupantes índices de violencia intrafamiliar y de uxoricidios (muerte causada a la mujer por su marido) de que adolece la sociedad dominicana justifica que, ante una denuncia o querella,
el Ministerio de Interior y Policía o el Ministerio Público incaute cualquier arma de fuego que posea un imputado hasta que sea dictada una sentencia con la autoridad irrevocable de la cosa juzgada, ya que de no tomarse esta decisión se-
deja abierta la posibilidad de que la esposa denunciante o querellante pierda la vida, como ha ocurrido en otros casos. En caso de probarse la imputación, la incautación devendrá definitiva, y, en la hipótesis contraria, el arma de fuego deberá ser devuelta.
https://tribunalsitestorage.blob.core.windows.net/media/7340/sentencia-tc-0010-12-c.pdf
TC/0010/12
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