24. La justicia constitucional es la potestad del Tribunal Constitucional de pronunciarse en materia constitucional en los asuntos de su competencia, a través de los procesos constitucionales que tienen como objetivo sancionar las infracciones constitucionales para garantizar la supremacía y el orden constitucional, su adecuada interpretación y la protección efectiva de los derechos fundamentales. El ejercicio de esta potestad ha sido establecida en consonancia con los principios que rigen la justicia constitucional, entre estos,
el principio de efectividad que manda a todo juez a garantizar la efectiva aplicación de las normas constitucionales y los derechos fundamentales frente a los sujetos obligados o deudores de los mismos, y está obligado a utilizar los medios más idóneos y adecuados a las necesidades concretas de protección; así como
el principio de favorabilidad , mediante el cual la Constitución y los derechos fundamentales deben ser interpretados y aplicados de modo que se optimice su máxima efectividad para favorecer al titular del derecho.
https://tribunalsitestorage.blob.core.windows.net/media/20734/tc-0943-18.pdf
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