jueves, 16 de junio de 2022

Homicidio y golpes y heridas involuntarios.

 


Art. 319.- El que por torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia o inobservancia delos reglamentos, cometa homicidio involuntario, o sea causa involuntaria de él, será castigado con prisión correccional de tres meses a dos años, y multa de veinte y cinco a cien pesos.

 Art. 320.- Si la imprudencia o la falta de precaución no han causado sino golpes o heridas, la prisión será de seis días a dos meses, y la multa, de diez a cincuenta pesos, o a una de estos dos penas solamente.

Código Penal.

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