sábado, 27 de agosto de 2022

Art. 365.- Inadmisibilidad.

Si el juez no admite la aplicación del juicio penal abreviado ordena al ministerio público que continúe el procedimiento. En este caso, el requerimiento anterior sobre la pena no vincula al ministerio público durante el juicio, ni la admisión de los hechos por parte del imputado puede ser considerada como reconocimiento de culpabilidad.

Código procesal penal

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