jueves, 15 de septiembre de 2022

La decisión del juez de los referimientos que autoriza una medida conservatoria no es susceptible de apelación.

La decisión del juez de los referimientos que autoriza una medida conservatoria es una resolución administrativa emitida a requerimiento de parte, que no es susceptible de apelación. El mismo referimiento es la vía correcta para discutir las medidas conservatorias aplicadas y sus consecuencias. Conforme a la Ley No. 50-00, el mismo juez de los referimientos puede, a petición de parte, reexaminar los motivos que lo indujeron a dictar el auto, así como ordenar de una forma rápida la cancelación, limitación o reducción del embargo, sin esperar el apoderamiento al fondo o la audiencia de discusión de la validez del embargo. No. 45, Pr., Feb. 2010, B.J. 1191 

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